PREÁMBULO
La Comisión administradora de Bienes de Almanza es propietaria del monte de utilidad pública 584, La Cota y Agregados, en el que se ha construido el Parque multiaventuras de Almanza, en el municipio de Almanza (León). El Parque multiaventuras se encuentra instalado en el entorno de la zona conocida como “El Peñón”, siendo esta una zona de ocio y esparcimiento al contar con mesas, bancos, parrillas, columpios, un refugio-caseta, y estar vallada y acondicionada para el acceso de las personas con seguridad.
El Parque multiaventuras está situado en las zonas oeste y sur del claro que conforma el área recreativa “El Peñón”, utilizando los troncos de los robles como base de las plataformas que forman los circuitos. Dicho parque está compuesto por una torre y tres circuitos, y tiene una superficie aproximada de 2.000 m2.
Dichas instalaciones están pensadas para la realización de recorridos lúdico-deportivos, en íntimo contacto con el medio ambiente y destinadas tanto para niños como para adultos, deportistas o no, individuales o en grupos.
Este reglamento de funcionamiento y normas de utilización del Parque estará a disposición de los clientes del Parque multiaventuras, así como el certificado de la Norma Europea del Parque y las hojas de reclamaciones. Al ser recibidos los clientes en el Parque, se les hará saber la existencia de estos documentos a su disposición, y que la entrada al Recinto del Parque supone la aceptación de estas normas, tanto por los usuarios como por los acompañantes que no realicen los recorridos o circuitos del Parque.
La construcción de este Parque ha sido realizada conforme a la normativa Europea EN 15567-1 (específica para este tipo de instalaciones), e igualmente la gestión y explotación se realiza bajo los parámetros de la norma EN 15567-2. Previa a la instalación de los retos, se ha realizado un estudio fitosanitario de todos los árboles involucrados.
Artículo 1. Utilización del Parque Multiaventuras
Todo usuario al comenzar la actividad supone la aceptación de la totalidad de las cláusulas del presente reglamento asumiendo las responsabilidades que se pudieran derivar de la conducta seguida.
El acceso a las instalaciones estará restringido a un horario para asegurar la correcta utilización de las mismas. Los horarios de apertura y cierre del Parque y de sus instalaciones dependerán de la estación del año en la que nos encontramos informándose en cada momento.
El Parque multiaventuras se reserva la facultad de cerrar temporalmente sus instalaciones cuando por causas justificadas se estime oportuno llevar a cabo esta medida.
No está permitida la entrada a las instalaciones del Parque fuera de los horarios establecidos de apertura y sin la imprescindible supervisión del personal técnico del Parque, a toda persona ajena a la Comisión Administradora de Bienes de Almanza, su empresa de gestión externa, así como las empresas especializadas en turismo, ocio y tiempo libre que hayan reservado el uso exclusivo determinados días al año.
El uso de las instalaciones del Parque es único y exclusivo para las empresas especializadas en turismo, ocio y tiempo libre que hayan reservado el uso exclusivo determinados días al año, los mismos tendrán el derecho de admisión, limitando el acceso a cualquier persona que se considere no apta para la realización de las actividades del Parque o de un determinado circuito. A dichas empresas se les facilitara llaves de acceso al Parque Multiaventuras, pudiendo usar las mismas para los fines propios de acceso al mismo.
Los circuitos del Parque están diseñados para realizarlos con toda seguridad siguiendo las instrucciones del personal de la empresa responsable de la explotación.
Por seguridad, serán utilizables las instalaciones según las especificaciones que marque cada circuito.
Los menores de edad deberán estar siempre acompañados de un adulto o tutor responsable. El padre, madre o tutor legal responsable deberá autorizar al menor a asistir a la actividad solicitada, declarando bajo su responsabilidad, que el menor es apto para acceder a la actividad y no padece ninguna enfermedad que lo impida.
Artículo 2. Circuitos del Parque Multiaventuras
El Parque multiaventuras se compone de una torre y tres circuitos.
Torre: Estructura metálica de planta aproximadamente 4×4 metros, de tres alturas con acceso desde escalera de caracol anexa desde la que se inician todos los circuitos. Esta plataforma tiene instalado en uno de sus laterales un rocódromo.
Circuito 1 VERDE: circuito elevado a unos dos metros del suelo, compuesto de un juego y una plataforma situada en árbol. Se accede al circuito desde la planta primera de la torre y consta de los siguientes juegos: tirolina.
Circuito 2 AMARILLO: circuito elevado a unos cinco metros del suelo, compuesto por ocho juegos y siete plataformas situadas en los árboles. Se accede y se finaliza desde la planta segunda de la torre y consta de los siguientes juegos: puente malayo de tablas, puente toneles, tirolina, puente de lianas, puente zig-zag, plataformas volantes, columpio de cables y red envolvente.
Circuito 3 ROJO: circuito elevado a unos cinco metros del suelo compuesto por tres juegos y dos plataformas situadas en árboles. Se accede al circuito desde la planta segunda de la torre y consta de los siguientes juegos: tirolina, puente mono y tirolina, incluida la tirolina grande de más de 200 m de longitud. Se sale del circuito a través de una plataforma-red situada fuera del complejo.
Artículo 3. Prohibiciones
Se establecen las siguientes prohibiciones:
- Fumar dentro del recinto del Parque, tanto en los recorridos como en el resto del recinto.
- Hablar por el móvil durante la realización de un recorrido.
- Bajar de los recorridos fuera de las salidas previstas para ello y sin la ayuda o presencia del monitor.
- Dañar los árboles o arrancar vegetales.
- El paso de perros u otros animales.
- La utilización de material de seguridad que no sea entregado por la empresa responsable de la explotación.
Artículo 4. Normas de seguridad
Es obligatorio el uso de material de seguridad que especifique la normativa vigente en cada uno de los circuitos e instalaciones.
Tras la entrega y colocación del arnés de seguridad y casco, un monitor explicará a los usuarios, las normas de seguridad y utilización del material entregado para que puedan realizar con la suficiente autonomía y seguridad los diferentes retos o actividades.
Los menores de edad deberán contar con autorización adecuada o venir acompañados de adulto. Los adultos acompañantes se responsabilizarán en todo momento de los menores.
Los recorridos por los circuitos no se realizan con acompañamiento de un monitor. Los monitores dan indicaciones y velan por la seguridad desde el suelo.
Los monitores están entrenados para cumplir las normas de seguridad, para mantener los equipos de protección individual y para realizar las operaciones de salvamento.
No está permitida la ocupación de una misma plataforma por más de dos personas, ni más de una en cada reto o juego.
La Comisión Administradora de Bienes de Almanza, así como las empresas que hayan reservado el uso exclusivo de las instalaciones tienen la potestad de suspender las actividades, si considera que se pone en peligro la seguridad de los participantes, ya sea por mal uso de las instalaciones o por contingencia meteorológica adversa.
El usuario debe conservar su equipamiento tal y como le ha sido colocado durante todo el recorrido.
Por seguridad, serán utilizables las instalaciones según las especificaciones que marque cada circuito.
Los menores de edad siempre deberán estar acompañados de un adulto o tutor responsable. El padre, madre o tutor legal responsable deberá autorizar al menor a asistir a la actividad solicitada, declarando bajo su responsabilidad, que el menor es apto para acceder a la actividad y no padece ninguna enfermedad que lo impida.
Asimismo, el peso máximo permitido por persona son 100 Kg. Esta actividad no está permitida a personas con problemas cardiacos, respiratorios, de vértigo y a embarazadas.
Es una actividad de riesgo y su realización exige una conducta responsable.
Se deberán respetar las siguientes pautas:
- Se utilizará el material de seguridad que se indique para cada actividad.
- Se utilizará calzado adecuado, acorde a la calidad del suelo, y vestido conveniente.
- Sin el consentimiento expreso de los encargados, no podrán practicarse en estas instalaciones otros deportes que aquellos para los que estén específicamente diseñadas.
Artículo 5. Derechos y obligaciones
Son derechos de los usuarios:
- Acceso al parque multiaventuras y a sus instalaciones.
- Ser tratados con respeto por el personal que presta sus servicios en el Parque y en sus instalaciones, y por el resto de usuarios.
- Ser informados sobre las condiciones de uso de las instalaciones.
- Formular las sugerencias y reclamaciones que consideren oportunas para la mejora de la gestión del Parque, así como de sus instalaciones.
Son obligaciones de los usuarios:
- Abonar las tarifas correspondientes al uso específico de las instalaciones.
- Utilizar las instalaciones respetando a los demás usuarios y al personal de las mismas.
- Conocer y cumplir en todo momento las recomendaciones de uso y seguridad.
- Presentar la documentación acreditativa de su condición de usuarios siempre que sea solicitada por el personal de seguridad del Parque. Tendrán la obligación de identificarse ante el requerimiento de la Comisión Administradora de Bienes de Almanza, de cualquiera personal que ostente el uso exclusivo de las instalaciones, del Ayuntamiento o de la autoridad.
- Contribuir al respeto del entorno natural de flora y fauna de la zona, cuidar las instalaciones, mantener las instalaciones limpias, no tirar basuras, no gritar, colaborar con los empleados en lo que sean requeridos a tal fin.
- Cumplir la programación horaria establecida en cuanto al acceso y abandono del Parque y de sus instalaciones.
- Mantenerse asegurado para evitar una posible caída.
- Hacer uso de cualquiera de las instalaciones y espacios deportivos y de ocio con el vestido y calzado adecuados.
El usuario se desplaza y evoluciona en completa autonomía. Será responsable de seguir las normas de seguridad. Tiene que asegurar sus movimientos y la progresión por los árboles de forma personal. Deberá seguir las indicaciones del monitor y los carteles del Parque, circuito y reto.
Las obligaciones establecidas para el uso de la instalación por particulares se hacen extensibles a las empresas titulares de uso exclusivo que quieran acceder con sus clientes a la instalación.
El recorrido del circuito no se realiza con acompañamiento de monitor. Los monitores dan indicaciones y velan por la seguridad desde el suelo, por lo cual, el usuario evoluciona en autonomía vigilada.
Los monitores están entrenados para hacer cumplir las normas de seguridad, para mantener los equipos de protección individual y para realizar operaciones de rescate y evacuación. Los equipos de protección deberán suministrarse a los usuarios por parte de las empresas que cada día tengan asignado el uso exclusivo.
Es obligatorio que el usuario firme una declaración responsable antes del inicio de la actividad en la que declare haber sido informado de la misma y de sus posibles riesgos.
Tanto la empresa externa que gestione los días cuya titularidad sea de la Comisión Administradora de Bienes de Almanza, como las empresas especializadas en turismo, ocio y tiempo libre que hayan reservado el uso exclusivo determinados días al año deberán disponer del seguro correspondiente, y que además cubra esta actividad deportiva con seguro de responsabilidad civil y accidentes y rescate, y que cubra la actividad con cobertura mínimas de atención sanitaria y los daños que pudieran causarse. De igual manera deberán cumplir con la legislación vigente de empresas de Turismo Activo.
Las empresas que lleven a cabo el uso exclusivo de las instalaciones deberán contar con personal titulado en monitores de ocio y tiempo libre cualificados en las experticias correspondientes para el desempeño de las actividades que se van a realizar en el Parque Multiaventura de Almanza, así como cualquier otro permiso que necesiten para el desarrollo de tales actividades y son responsables de la calidad y seguridad en el servicio integral del desarrollo de la actividad. También deberán suministrar el equipamiento o material de seguridad a los usuarios para el uso del Parque Multiaventura de Almanza, así como para el desarrollo de la actividad. La venta de entradas para el uso del Parque Multiaventura de Almanza en las distintas Plataformas donde publiciten y promociones las instalaciones del parque por parte de las empresas que hayan reservado el uso exclusivo por días se encargaran de divulgar y dar a conocer este Reglamento de funcionamiento y uso.
Por su parte la Comisión Administradora de Bienes de Almanza se encargará de realizar las operaciones de mantenimiento necesarias para asegurar el correcto estado de la instalación y aplicar las medidas preventivas destinadas a mantener el nivel de seguridad y las capacidades de los equipos y las instalaciones. Estas medidas serán de aplicación en aspectos relacionados con el estado general del cable, puntos de anclaje, sujeta cables y guardacabos, estado general de la señalización, estado general de limpieza del recorrido, etc. En caso de constatar deterioro sobre cualquier elemento del recorrido, se realizarán las operaciones de mantenimiento, en aquellos casos en los que no se precise sustitución, compra o nuevas inversiones en la instalación. También se encargará de realizar un informe técnico y presupuesto de aquellos mantenimientos correctivos que precisen gastos en nuevas inversiones o materiales para la instalación. Las operaciones de mantenimiento realizadas quedarán recogidas en el Registro de Mantenimiento. Se deberá llevar a cabo un control funcional periódico con el fin de verificar la estabilidad del equipo, y en particular, de descubrir los eventuales signos de uso normal y anómalo. Incluirá la revisión del cable de acero, anclajes, sujeta cables, guardacabos, estado general de los peldaños, señalización y limpieza.
En el caso de que el deterioro se haya producido por el mal uso que le ha dado la empresa que tiene reservado el uso exclusivo, será por cuenta de la citada empresa reponer los elementos deteriorados al estado en el que estaban cuando fueron puestos a su disposición, corriendo con todos los gastos que ello suponga, y podrá suponer una sanción, con las consecuencias que se especifican en dicho reglamento.
Tanto la empresa externa que gestiona los días en los que la Comisión tiene el uso exclusivo, así como las empresas especializadas en turismo, ocio y tiempo libre que hayan reservado el uso exclusivo determinados días al año deberán poner en conocimiento de la Comisión Administradora de Bienes de Almanza todas las deficiencias, menoscabos, faltas de mantenimiento, roturas o cualquier circunstancia que provoque inseguridad e inestabilidad en el uso de las instalaciones. También estarán obligadas a entregar a la Comisión Administradora de Bienes de Almanza las instalaciones en el estado en el que se les entrego después de cada día de reserva.
Artículo 6. Accidentes
La Comisión Administradora de Bienes de Almanza en los días que gestione el parque multiaventuras no será responsable de los daños, tanto físicos como de carácter patrimonial, que puedan sufrir los usuarios o acompañantes en las instalaciones del parque multiaventuras, salvo que sean consecuencia directa del mal estado de las instalaciones.
La empresa externa que gestiona dichos días será responsable de una actuación negligente imputable a su personal en los días que tiene encargada su gestión.
Tampoco la Comisión Administradora de Bienes de Almanza se hace responsable de los accidentes ocurridos, durante la actividad, cuando no se respeten las normas de seguridad y las demás normas indicadas en los carteles del Parque para el desarrollo de la actividad y de los retos.
La Comisión Administradora de Bienes de Almanza en los días que las empresas especializadas en turismo, ocio y tiempo libre que hayan reservado para tener un uso exclusivo de las Instalaciones del Parque Multiaventura de Almanza no será responsable en ningún caso de los daños, tanto físicos como de carácter patrimonial, que puedan sufrir los usuarios o acompañantes en las instalaciones del parque multiaventuras, salvo que sean consecuencia directa del mal estado de las instalaciones.
Las empresas especializadas en turismo, ocio y tiempo libre que hayan reservado días de uso exclusivo serán responsables de la actuación negligente imputable a su personal.
No será tampoco responsable de los accidentes ocurridos a los usuarios o de los acompañantes que se desplacen debajo de los recorridos.
Tanto la Comisión Administradora de Bienes de Almanza, así como la empresa externa que gestiona los días en los que dicha Comisión tiene el uso exclusivo, así como las empresas especializadas en turismo, ocio y tiempo libre que hayan reservado el uso exclusivo determinados días al año estarán exentas de responsabilidad de los accidentes ocurridos durante la actividad, si el usuario no respetó las normas de seguridad, si no participó en las instrucciones al inicio de un recorrido, si no respetó la totalidad de las normas necesarias para la realización de la actividad, si no respetó las condiciones de acceso a los recorridos, sino atiende las indicaciones de los monitores, o en caso de contingencias naturales.
Cualquier accidente ocurrido después de la finalización de la actividad, una vez devuelto el equipo, o fuera del horario de apertura del Parque Multiaventura de Almanza será por cuenta y riesgo de la persona afectada.
Tampoco será responsable en el caso de tanto usuarios o acompañantes que no sigan las instrucciones para el uso de las instalaciones, ni en el caso de que no se respeten las condiciones de acceso: peso, edad, estado de salud, uso de material de seguridad, calzado, vestimenta, practica de otros deportes que aquellos para los que está diseñado.
Tampoco habrá responsabilidad en el caso de contingencias naturales no predecibles.
Tampoco se responsabilizará la Comisión Administradora de Bienes de Almanza de los accidentes ocurridos a los usuarios o a los acompañantes que se desplacen debajo de los circuitos o retos con raíces, ramas, zarzas, helechos, piñas y otros elementos u obstáculos que son habituales en el medio natural en el que se desarrolla esta actividad y a los que debe estar atento toda persona que ingrese en el recinto del Parque, máxime si se encuentran fuera de las zonas habilitadas y/o sin el equipamiento adecuado.
Artículo 7. Reembolso
Los clientes no tendrán derecho al reembolso total o parcial del importe de la entrada bajo ninguna circunstancia una vez pagada la actividad, salvo inclemencias meteorológicas.
El hecho de no efectuar un recorrido o efectuarlo parcialmente no da derecho a ningún tipo de reembolso.
Tanto la Comisión Administradora de Bienes de Almanza, como la empresa externa de gestión, así como las empresas especializadas en turismo, ocio y tiempo libre que hayan reservado días para tener un uso exclusivo de las Instalaciones del Parque Multiaventura de Almanza se reservan el derecho de excluir sin ningún derecho a reembolso, a cualquier persona que no respetara las normas de seguridad, que tuviera un comportamiento inadecuado para ella misma o para los demás, o que no alcance la condición física necesaria para realizar una prueba.
No se efectuará ningún reembolso en caso de evacuación por alerta ambiental o por causa de suspensión justificada. En este supuesto se proporcionará un vale para utilizar en el periodo de un año.
Artículo 8. Daños, robos o pérdidas
Tanto la Comisión Administradora de Bienes de Almanza, como su empresa externa de gestión, así como las empresas especializadas en turismo, ocio y tiempo libre que hayan reservado días para tener un uso exclusivo de las Instalaciones del Parque Multiaventura de Almanza no se hacen responsable del deterioro o pérdida de los efectos personales del usuario, así como de las personas que los acompañen.
Hay que tener en cuenta que al tratarse de una actividad de aventura realizada en el medio natural:
- Es posible mancharse la ropa con resina o sufrir desperfectos en ropa o calzado.
- Es posible clavarse alguna astilla de madera o sufrir alguna pequeña herida por roces, etc., con distintos elementos de los retos (tablas, cuerdas, cables de acero, etc.).
- Puede ocurrir la caída natural y sin causa aparente de frutos y ramas secas.
- Es posible tropezar con raíces, tocones, ramas, desniveles o piedras en el suelo del bosque.
- La picadura de insectos, orugas, plantas y otros sistemas vivos de la naturaleza.
Artículo 9. Material
Es recomendable utilizar ropa deportiva y cómoda pero no muy holgada, y calzado cerrado que sujete el pie.
Todo el material de seguridad que se facilite a los usuarios deberá estar en perfectas condiciones.
Dicho material será suministrado a los usuarios por parte de la empresa externa que gestiona los días de la Comisión Administradora de Bienes de Almanza, así como de las empresas que tengan asignado el uso exclusivo de las instalaciones en el día señalado. La revisión de dicho material, su mantenimiento, reposición, etc. es exclusiva responsabilidad de las citadas empresas.
En caso de pérdida o deterioro por mal uso de material entregado (arnés, casco, un cabo de seguridad con gancho, un cabo de seguridad con polea, así como cualquier otro material de seguridad utilizado), deberá ser reembolsado por el usuario según tarifa vigente a la empresa propietaria.
Todo el equipamiento, material utilizado en las instalaciones del Parque Multiaventura de Almanza deberá cumplir con la normativa vigente.
Una empresa independiente certificará la inspección de los equipamientos de las instalaciones Parque Multiaventura considerando que cumplen con las especificaciones de seguridad vigentes y que son aptos para su uso bajo las indicaciones y directrices del manual de uso y mantenimiento del instalador. También se hará un informe fitosanitario periodico sobre el estado de los árboles.
Artículo 10. Régimen disciplinario e Infracciones
Toda utilización de las instalaciones no autorizada será denunciada a los organismos competentes asumiendo el infractor todas las responsabilidades inherentes a sus actos.
Se consideran infracciones a efectos de este Reglamento las siguientes actuaciones realizadas por los usuarios del Parque y de sus instalaciones:
- El incumplimiento de las obligaciones determinadas en este Reglamento.
- El uso de vestimenta o elementos inadecuados para la correcta utilización de las instalaciones deportivas y de ocio que puedan conllevar daños materiales para las mismas.
- Causar daños en el Parque y en sus instalaciones, así como en el mobiliario del mismo.
- La falta de pago de las tarifas para el uso de las instalaciones.
- Las agresiones, faltas de respeto y consideración a otros usuarios o al personal del Parque de aventuras.
- Todas aquellas no contempladas en este Reglamento y que a juicio de la empresa encargada de la explotación del parque multiaventuras sean constitutivas de infracción.
Artículo 11. Sanciones
Las sanciones serán:
Leves: Sanción económica si el incumplimiento no supone riesgo a las personas o al espacio público.
Graves: Sanción económica y prohibición de reserva temporal, si la infracción ha puesto en riesgo a las personas o al espacio público.
Muy graves: Sanción económica y prohibición de reserva definitiva, en el supuesto de daños causados a cualquiera de los citados anteriormente, así como la reiteración o falta de arreglo de lo estropeado.
Sanciones:
- Leves: De 100,00 euros a 750,00 euros.
- Graves: De 751,00 euros a 1.500,00 euros.
- Muy graves: De 1.501,00 euros a 3.000,00 euros.
Artículo 12. Órgano competente
El órgano competente para la imposición de las sanciones contempladas en el artículo anterior será la Comisión Administradora de Bienes de Almanza como titular del parque multiaventuras.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
La entrada en vigor del presente Reglamento deroga el anterior Reglamento de funcionamiento del parque multiaventuras de Almanza y normas de utilización para los usuarios (BOP nº 214, de 10 de noviembre de 2017).
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Reglamento entrará en vigor a los quince días de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de conformidad con los artículos 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PARQUE MULTIAVENTURAS CON TIROLINAS DE ALMANZA
ARTÍCULO 1. Fundamento y Objeto
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 27 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, este Ayuntamiento de Almanza (León) establece la tasa por uso del Parque Multiaventuras con tirolinas de la localidad de Almanza, propiedad de la Comisión Administradora de Bienes de Almanza, que se regirá por la presente Ordenanza fiscal, cuyas normas atienden a lo prevenido en el art 57 del Real Decreto Legislativo 2/2004.
ARTÍCULO 2. Hecho Imponible
Constituye el hecho imponible el uso de las instalaciones del Parque Multiaventuras con tirolinas de Almanza (León).
ARTÍCULO 3. Sujeto Pasivo
Son sujetos pasivos de esta tasa, todas las personas físicas o jurídicas y las Entidades a que se refiere el artículo 36 de la Ley General Tributaria, que soliciten la utilización de las instalaciones del Parque Multiaventura de Almanza.
ARTÍCULO 4. Responsables
Responderán de la deuda tributaria los deudores principales junto a otras personas o entidades. A estos efectos se considerarán deudores principales los obligados tributarios del artículo 35.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Salvo precepto legal expreso en contrario, la responsabilidad será siempre subsidiaria.
Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo las personas físicas y jurídicas a que se refieren los artículos 42 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
En relación a la responsabilidad solidaria y subsidiaria de la deuda tributaria se estará a lo establecido, respectivamente, en los artículos 42 y 43 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
ARTÍCULO 5. Preinscripción e inscripción
La forma en la que se reservará el uso de las instalaciones del Parque Multiaventuras de Almanza (León) será por preinscripción y su posterior inscripción.
En busca del fomento de Turismo en el municipio de Almanza y con el fin de poder ofrecer un mejor servicio en el uso de las instalaciones del Parque Multiaventuras de Almanza, se ofrecerá, en primer lugar, a empresas interesadas y especializadas en turismo, ocio y tiempo libre.
Por dicho motivo, se abrirá plazo anual para que esas empresas vinculadas al turismo, ocio y tiempo libre, reserven los días para tener un uso exclusivo de las instalaciones del Parque Multiaventura de Almanza y poder ofertar dicho uso exclusivo en las actividades por él ofertadas en su web o plataforma.
Dicha reserva comprenderá días completos.
La Comisión Administradora de Bienes de Almanza, como propietaria de las instalaciones, se reserva el derecho de bloquear días concretos para actividades propias del pueblo, por lo tanto, no serán ofrecidos para su posterior reserva.
La preinscripción solicitando la reserva de determinados días del año se realizará en la sede electrónica de la Comisión Administradora de Bienes de Almanza (https://cabalmanza.sedelectronica.es), lo que otorgará el derecho a elegir los días que estimen conveniente reservar para su uso exclusivo. Para ello se atenderá al orden riguroso de registro de entrada. Una vez solicitados los días, se confirmarán vía email por parte de la Comisión Administradora de Bienes de Almanza.
En el caso de que dos empresas soliciten un mismo día, se respetará el orden riguroso de entrada en el registro, comunicando a la empresa que ha mandado la solicitud más tarde de que ese día está ocupado, y que puede elegir otro día si así lo requiere.
Una vez confirmados los días que se pretenden reservar para uso exclusivo, dispondrán de un plazo de dos días hábiles a contar desde el día siguiente al de recepción de la confirmación de la preinscripción parte de la Comisión Administradora de Bienes de Almanza, para hacer formalizar la inscripción mediante el abono del ingreso de la cuota por la reserva de días de uso exclusivo. En caso de que no se haga el citado abono en el plazo señalado, quedaran automáticamente libres dichos días.
Realizado el abono bancario se adjudicará la plaza definitivamente. Las empresas vinculadas al turismo, ocio y tiempo libre solicitantes presentarán, debidamente cumplimentado y firmado, en los dos días siguientes al pago:
- Declaración responsable de que cuentan con personal titulado como monitores de ocio y tiempo libre cualificados en las experticias correspondientes para el desempeño de las actividades que se van a realizar en el Parque Multiaventuras de Almanza, así como cualquier otro permiso que necesiten para el desarrollo de tales actividades, y que son responsables de la calidad y seguridad en el servicio integral del desarrollo de la actividad.
- Copia de los seguros correspondientes que cubran esta actividad deportiva. Seguro de accidentes y rescate, que cubra la actividad con cobertura mínimas de atención sanitaria y los daños que pudieran causarse. De igual manera deberán cumplir con la legislación vigente de empresas de Turismo Activo.
- Compromiso de gestión, de derechos y obligaciones con la Comisión Administradora de Bienes de Almanza.
- La empresa que reserve el uso exclusivo de las instalaciones del Parque Multiaventura de Almanza está obligada a dejar el mencionado parque y todas sus instalaciones en perfectas condiciones después de cada uso. En caso de que la empresa incumpla esta obligación será sancionada, conforme especifica la clasificación de sanciones prevista por esta Ordenanza.
En caso de no presentar dicha documentación no podrán tener el uso exclusivo de los días señalados en el Parque Multiaventura de Almanza.
Si dos empresas realizan la preinscripción de reserva de uso exclusivo para un mismo día, tendrá prioridad aquella empresa que haya registrado antes su solicitud en el registro de entrada de la sede electrónica de la Comisión Administradora de Bienes de Almanza. La empresa que reserve un día ya reservado previamente, le será comunicado su indisponibilidad por si tiene intención modificar el citado día ya solicitado eligiendo otro libre en su lugar.
Si en el transcurso del año las empresas quieren hacer más días de reservas, deberán hacerse con una antelación mínima de 48 horas y el pago se hará en las 24 horas siguientes de la reserva. Como para la fijación de la tarifa se atiende al número de días reservados al trimestre, se respetará los rangos de precios en los que esa empresa se halle en el trimestre.
Si se produce la cancelación de un día de los reservados por las reservas empresariales, ésta deberá haberse preavisado por registro (única forma de comunicación) con una antelación mínima de 72 horas, de forma que la Comisión Administradora de Bienes de Almanza pueda ofertarla nuevamente. La cancelación de la reserva empresarial con el cumplimiento de las condiciones antedichas no supondrá la devolución del importe abonado por dicho día, pero si se acumulará y quedará guardado para una nueva futura reserva empresarial.
La Comisión Administradora de Bienes de Almanza promocionará/publicitará en su página web las reservas empresariales realizadas por dichas empresas indicando el día que ha sido reservada por la empresa vinculada al turismo, ocio y tiempo libre y sus datos de contacto si autoriza a esta Comisión.
Los fines de semana que hayan quedado libres debido a que no haya habido ninguna reserva empresarial, serán ofertados por la Comisión Administradora de Bienes de Almanza para su uso por parte de personas físicas de las instalaciones del Parque Multiaventura de Almanza previo pago de tasa, siempre que se llegue a un mínimo de personas para habilitar el día ofertado. El jueves previo al fin de semana en el que se va hacer uso del Parque Multiaventura de Almanza se dará a conocer/se comunicara vía email si finalmente el día queda habilitado si se cumplen los requisitos mínimos de inscripción, los cuales serán marcados por la Comisión Administradora atendiendo a las circunstancias particulares de cada parte del año.
En caso de que quien vaya a asistir al Parque Multiaventura de Almanza sea un menor de edad, el padre, madre o tutor legal responsable deberá autorizar al menor a asistir a la actividad solicitada, declarando bajo su responsabilidad, que el menor es apto para acceder a la actividad y no padece ninguna enfermedad que lo impida.
Las reservas diarias gestionadas por la Comisión Administradora de Bienes de Almanza no podrán superar el 80% del quorum, para permitir que los turistas que se acerquen a Almanza puedan reservar en el día.
La gestión de los días libres que oferte la Comisión Administradora de Bienes de Almanza se hará a través de una empresa externa que será contratada conforme la Ley de Contratos del Sector Publico.
La tarifa con la que posteriormente oferten las actividades las empresas que reserven los días para su uso exclusivo será libre.
ARTÍCULO 6. Tarifa
La cuantía del precio publico regulado en esta Ordenanza será la fijada en las tarifas contenidas en el apartado siguiente. Los importes se entenderán IVA incluido.
La tarifa para las reservas empresariales vinculas al turismo, ocio y tiempo libre será:
- Si se reserva entre 1-10 días en el trimestre el precio público será de 100 euros diarios.
- Si la reserva comprende entre más de 10 días al trimestre el precio será 90 euros diarios.
La tarifa para las reservas diarias gestionadas por la Comisión Administradora de Bienes de Almanza a través de empresa externa será la siguiente:
Circuito Verde: 10 euros
Circuito Amarillo: 12 euros
Circuito Rojo + Tirolina grande: 15 euros
Tirolina: 6 euros
Dos tiradas tirolina: 10 euros.
*Tiempo estimado por circuito 45-60 minutos
ARTÍCULO 7. Devengo y obligación al pago
Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir desde el momento en que se solicitan las preinscripciones con la reserva de uso de las instalaciones del Parque Multiaventura de Almanza conforme estipula el artículo 5 de esta Ordenanza.
El pago se efectuará por medios telemáticos para el caso de las reservas empresariales.
El pago de las reservas gestionadas por la Comisión Administradora de Bienes de Almanza se hará a través de la plataforma de la empresa externa que gestione dichas reservas. En el caso de los turistas que se acerquen a Almanza al Parque Multiaventura en los días gestionados por la Comisión Administradora de Bienes de Almanza podrán reservar en el día pudiendo hacerse el pago vía telemática, así como pago en efectivo, habiendo un teléfono de contacto para realizar esa gestión los días abiertos.
ARTÍCULO 8. Infracciones y Sanciones
En todo lo referente a infracciones y sanciones, será de aplicación la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en concreto los artículos 181 y siguientes, así como sus disposiciones de desarrollo, según lo dispuesto en el artículo 11 el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Leves: Sanción económica si el incumplimiento no supone riesgo a las personas o al espacio público.
Graves: Sanción económica y prohibición de reserva temporal, si la infracción ha puesto en riesgo a las personas o al espacio público.
Muy graves: Sanción económica y prohibición de reserva definitiva, en el supuesto de daños causados a cualquiera de los citados anteriormente, así como la reiteración o falta de arreglo de lo estropeado.
Sanciones:
- Leves: De 100,00 euros a 750,00 euros.
- Graves: De 751,00 euros a 1.500,00 euros.
- Muy graves: De 1.501,00 euros a 3.000,00 euros.
ARTÍCULO 9. Legislación Aplicable
En todo lo no previsto en la presente Ordenanza se estará a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, así como en la Ordenanza Fiscal General aprobada por este Ayuntamiento.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
La entrada en vigor de la presente Ordenanza deroga la anterior ordenanza fiscal vigente reguladora de la Tasa por el uso del Parque Multiaventuras con tirolinas de Almanza (BOP nº 214, de 10 de noviembre de 2017).
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
La presente Ordenanza fiscal, aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada en fecha 14 de mayo de 2024, entrará en vigor en el momento de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o su derogación expresa.